La audiencia pública realizada el pasado 9 de octubre en la Corte Constitucional giró en torno a una pregunta: ¿se debe prorrogar la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras?
La Corte Constitucional, en cabeza del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, debe tomar una determinación, luego de que fuera demandado el artículo 208 de la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Dicho artículo establece la vigencia de la Ley por diez años, es decir, hasta el 11 de junio de 2021.
El artículo demandado afirma lo siguiente: “ARTÍCULO 208. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente ley rige a partir de su promulgación y tendrá una vigencia de diez (10) años, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en particular los artículos 50, 51, 52 y 53 de la Ley 975 de 2005.”
La expresión “y tendrá una vigencia de diez (10) años” fue demandada, al considerar, primero, que los avances en materia de reparación efectiva a las víctimas es lento y relativo, y segundo, que la Corte Constitucional debe prorrogar la Ley de Víctimas 10 años más, garantizando así el cumplimiento de los planes de reparación.
La reparación no va muy bien
Entre los demandantes estaban los ex ministros de interior del gobierno de Juan Manuel Santos, Juan Fernando Cristo Bustos y Guillermo Rivera.
Según Juan Fernando Cristo: “Si esta ley pierde vigencia por expiración del término de mandato de 10 años, y no porque la misma haya cumplido su objeto, sobre vendrán las siguientes consecuencias: el país enfrentaría un retroceso en la protección de los derechos de las víctimas; se extinguirían las posibilidades de la reparación colectiva, de la atención psicosocial y humanitaria, así como de las medidas de rehabilitación; en cuanto a la restitución de tierras, hay muchos procesos de trámite actualmente, la Unidad de Tierras desaparecería, están en disputa más de 700 mil hectáreas de tierra presuntamente despojada”.
En la audiencia pública, Juan Fernando Cristo no solo defendió su propuesta de ampliar la vigencia de la Ley de Víctimas, además pidió que fuera la Corte quien tomara una determinación de fondo, es decir, que no dejara la tarea de definir si se amplía la ley al Congreso de la República. “Lo que hemos venido a pedirles hoy, en nombre de 8.300.000 víctimas, es que no dejemos sujeto a los vaivenes de la política colombiana los derechos de las víctimas. Que no sujetemos a lo que pasa en los distintos sectores políticos, unos derechos que son una obligación ética, política y moral del Estado colombiano”, afirmó Cristo.
Por su parte, distintas ONGs han expresado su preocupación por el lento desarrollo de la reparación a las víctimas. Según el centro de estudios jurídicos y sociales Dejusticia, “de las 7’141.446 víctimas del conflicto armado que han sido identificadas por el Gobierno como sujetos de atención, tan solo el 12.84% (917.481 personas) han recibido indemnizaciones administrativas, desde que la ley comenzó a funcionar en 2011”. Y según la Fundación Forjando Futuros, organización que estudia los avances de la restitución de tierras, “apenas se ha restituido el 4.9% de las tierras despojadas o abandonadas en Colombia”.
Opinión del Centro Democrático
A la audiencia también asistió el senador del Centro Democrático José Obdulio Gaviria, quien pidió a la Corte que dejara en manos del Congreso la decisión de prorrogar la Ley de Víctimas.
“Traigo dos peticiones: la principal es que la Corte se declare inhibida para pronunciarse de fondo sobre los cargos formulados contra el artículo 208 de la Ley 1448. Solicitud subsidiaria, es que se declare la exequibilidad de la expresión del artículo 208 “y tendrá una vigencia de diez (10) años”.
Según Gaviria, Fernando Cristo y Guillermo Rivera no debían demandar el artículo, ni mucho menos pedirle a la Corte que amplíe la vigencia de la Ley, porque ellos, como ministros de interior, no fueron capaces de desarrollar la ley durante su mandato. Además, descalificó los motivos esgrimidos por los demandantes. “Los argumentos de la demanda no cumplen con los mínimos requisitos. Son especulaciones y valoraciones personales, que no determinan de maner objetiva la supuesta vulneración de los derechos constitucionales de las víctimas”, expresó.
Por último defendió la idea de que solo el Congreso puede decidir sobre la necesidad de prorrogar la Ley de Víctimas. “Es el legislador en virtud de sus competencias, y de su libertad de configuración normativa, quien debe definir si la norma debe ser modificada, prorrogada o derogada. Es el Congreso, previa evaluación de los seguimientos e informes, quien debe determinar la necesidad de dar continuidad o no a la ley ”.